Los seguros de vida suelen tener una mecánica muy básica: tú contratas el seguro y pagas las primas mensuales. A cambio, si mueres con el seguro en vigor, la compañía entrega una indemnización a tus beneficiarios. Sobre esa base elemental, las pólizas incluyen todo tipo de cláusulas que pueden complicar el seguro.
Antes de suscribir un seguro de vida, es muy importante que leas con detenimiento las cláusulas que incluye la póliza. Solo así podrás saber con seguridad qué incluye y qué no incluye tu seguro. En este artículo recogemos y explicamos las cláusulas más frecuentes de un seguro de vida con independencia de que se trata de un seguros a término o un seguros permanente. Sigue leyendo para conocerlas.
Acerca de las cláusulas más habituales en un seguro de vida: Qué vas a encontrar en este artículo
Qué son las cláusulas de un seguro de vida
Si vas a suscribir un seguro de vida, es probable que ya lo sepas: las pólizas de los seguros recogen todo tipo de cláusulas que modifican la estructura básica del seguro. Son artículos que se incorporan a la póliza y que suponen condiciones a su comportamiento.
Las cláusulas pueden ser muy numerosas, por lo que es necesario que las leas con cuidado para saber bien lo que implican. Y recuerda que, si no estás de acuerdo con la modificación que implica la cláusula, puedes pedir su modificación o incluso su retirada.
Es habitual que lo seguros combinen cláusulas muy habituales y bien conocidas con otras poco frecuentes y más problemáticas para el asegurado. Por esta razón, se hace necesario estudiarlas e incluso revisarlas de vez en cuando para recordar bien qué dicen y cómo afectan a la evolución y funcionamiento del seguro.
En general, las cláusulas proponen condiciones al sentido general de una póliza de seguros. Es decir, estipulan qué pasará con la póliza si se dan determinadas circunstancias. Con estas cláusulas, la aseguradora se protege frente a riesgos excesivos, situaciones excepcionales o posibles fraudes o trampas por parte de los asegurados.
Si se da alguna de esas circunstancias condicionantes, la aseguradora podrá ejecutar la cláusula que la contempla y penalizar al asegurado. En ocasiones, esa penalización puede suponer la cancelación del seguro o, incluso, la no entrega del beneficio por causa de muerte.
Las cláusulas pueden ser de varios tipos, pero hay dos tipos fundamentales: exclusiones o limitaciones y condiciones de la cobertura. Veamos en qué consisten estos tipos de cláusulas.
Tipos de cláusulas que incluyen los seguros de vida
Hace algún tiempo, era muy frecuente que los seguros incluyeran cláusulas que excluían de la cobertura a las personas que participaran en actos de guerra, a las que estaban en el servicio militar, trabajaban en aviación o tenían aficiones peligrosas, como el paracaidismo o el buceo. Sin embargo, la filosofía de las aseguradoras ha ido cambiando hacia una posición más inclusiva y hoy en día este tipo de cláusulas están casi olvidadas. Sin embargo, sigue habiendo otros tipos de artículos en los seguros que condicionan el pago de las indemnizaciones e incluso la validez del seguro. Los dos principales tipos de cláusulas son:
- Exclusiones y limitaciones. Las cláusulas que plantean límites a los seguros son las más conocidas. Plantean situaciones en las que la compañía se reserva el derecho a no pagar la indemnización. La más frecuente es la cláusula de suicidio, que señala que si un asegurado muere por suicidio antes de que pase un determinado tiempo, el seguro no está obligado a pagar el beneficio por causa de muerte. Es decir, las cláusulas de exclusión y limitación determinan qué casos quedan excluidos de la cobertura y, por tanto, los asegurados y los beneficiarios pierden sus derechos.
- Determinación de la cobertura. Estas cláusulas están pensadas para modificar la cobertura, de forma que la aseguradora tenga claro, por ejemplo, cómo se debe pagar la indemnización, a quién, en qué orden de beneficiarios. Conoce más sobre la elección de beneficiarios de un seguro de vida.
Estas cláusulas también estipulan el funcionamiento de asuntos como las herramientas de ahorro que llevan asociadas algunos seguros de vida. O las condiciones en que el asegurado puede tomar prestado dinero procedente del valor en efectivo de su seguro. De ellas dependen también, en muchos casos, las primas mensuales que se pagan, así como los gastos que puedan derivarse del mantenimiento del seguro. Incluso pueden marcar penalizaciones ante determinadas conductas del asegurado.
Combinando unas y otras cláusulas, las pólizas pueden volverse más engorrosas de lo deseable, con lo que es recomendable que estudies con detalle lo que significa cada una de estos tipos de cláusulas y tengas claro cuáles están en tu seguro y en qué te afectan. Algunas son infrecuentes, pero otras muchas suelen estar siempre presentes.
Cláusulas de exclusión y limitación en los seguros de vida
Cada uno de los dos grandes tipos de cláusulas que hemos visto incluye a su vez una tipología muy amplia de artículos y condiciones. Las cláusulas de exclusión y limitación más frecuentes en los seguros de vida son estas:
- Cláusula de suicidio. Es posiblemente la más conocida y habitual de las cláusulas de limitación y exclusión. Estipula que si el asegurado se suicida antes de que transcurra un determinado tiempo desde que suscribe la póliza, la aseguradora no está obligada a pagar el beneficio por causa de muerte. El tiempo es variable: en algunos estados es un año y en la mayoría han de pasar al menos dos hasta que se autorice el suicidio como causa de muerte con derecho a cobrar indemnización.
Para que se considere que el asegurado ha muerto por suicidio, debe haber primero un informe médico y, posteriormente, una sentencia por parte de un tribunal. Si no lo dictamina un juez, la aseguradora no puede considerar que se ha producido un suicidio.
Dentro de los tipos de suicidio está la sobredosis por drogas. Si las cláusulas del seguro no señalan la sobredosis como un suicidio, la aseguradora tendría que pagar la indemnización.
- Actividades peligrosas. Aunque cada vez es menos frecuente, todavía hay seguros que incluyen cláusulas sobre actividades peligrosas. Se trata de una precaución ante asegurados con aficiones o trabajos muy peligrosos. Por ejemplo, aficionados al buceo, la escalada, e automovilismo u otros deportes de riesgo. También solía incluirse como actividades de riesgo la profesión de piloto (o cualquier otra que se desarrolle en un avión), pero con la mejora de la seguridad aérea, estas cláusulas sobre la aviación ya se aplican solo a pilotos muy concretos. Por ejemplo, a ancianos de edad muy avanzada que quieren seguir volando sus aviones.
- Actividades ilegales. Algunos seguros incluyen cláusulas por las que excluyen del cobro del beneficio por causa de muerte a los beneficiarios de personas que hayan muerto haciendo cualquier actividad que viole la ley. Esto puede incluir un accidente de tráfico que sucede cuando se conducía por encima de los límites de velocidad, algo que en buena parte de Estados Unidos es un delito grave.
- Representación errónea de la edad. Una cláusula de exclusión frecuente es la que estipula que el seguro puede quedar sin efecto si la aseguradora descubre que el asegurado mintió al informar sobre su edad para lograr primas más baratas. En algunos estados, la ley no permite a las aseguradoras anular el seguro de quien mienta al indicar su edad, pero si pueden modificar la póliza para ajustar la indemnización final a la verdadera edad del asegurado.
- Mentiras y tergiversaciones. Si durante el proceso de asegurado oculta algún dato importante sobre su estado de salud o sobre su situación económica o familiar, la compañía podría anular el seguro o negar el pago de la indemnización en cuanto lo descubra. Es frecuente que los asegurados mientan sobre datos como enfermedades familiares hereditarias (especialmente determinados tipos de cáncer), adicciones al tabaco, el alcohol o las drogas, y otras cuestiones que podrían hacer que la compañía les negase el seguro en primera instancia. Recuerda que mentir en el proceso de calificación puede suponer incluso cargos penales.
- Cláusula de disputa. La cláusula de disputa –incontestability, en inglés- no es técnicamente una exclusión, pero se comporta de forma parecida. Estas cláusulas establecen que la compañía de seguros tiene un plazo para determinar si el asegurado mintió en el proceso de cualificación, cuando fue preguntado sobre su estado de salud, estilos de vida y hábitos. En ese proceso, es conveniente no ocultar nada, porque si la compañía lo descubre, puede acogerse a esta cláusula para anular el seguro o establecer penalizaciones. En general, el periodo de contestación o disputa suele ser de unos dos años desde que entra en vigor el seguro.
Cláusulas que determinan la cobertura de un seguro de vida
Más allá de las exclusiones y limitaciones, hay otras muchas cláusulas que pueden formar parte de una póliza de seguros. Sirven para determinar la cobertura y las más utilizadas son:
- Cláusula aseguradora. Es una de las más importantes. Determina qué cubre la aseguradora y cuáles son sus obligaciones. En ella estará recogido el compromiso de la compañía a pagar una indemnización a los beneficiarios del asegurado cuando este fallezca.
- Cláusula de beneficiarios. Es la cláusula en la que el asegurado estipula a quién irá destinado el beneficio por causa de muerte que implica su póliza. Se puede nombrar beneficiarias a personas o a entidades, y, además, se pueden modificar cuantas veces se quiera a lo largo de la vida del seguro. Además, es importante nombrar beneficiarios secundarios (ocupan el lugar de los principales si estos fallecen) y, en algunos casos, incluso terciarios.
- Cláusula de beneficiario preferente. Estas cláusulas establecen el orden de acceso a la indemnización si el asegurado no ha nombrado un único beneficiario.
- Cláusula de supervivencia. En muchos casos, la cláusula de supervivencia estipula un plazo mínimo que debe vivir el beneficiario de la indemnización antes de recibirla. Por ejemplo, si el dinero debe ir a una persona muy anciana, la compañía exige que sobreviva un mínimo de días al asegurado antes de pagar el beneficio.
- Cláusula contra el derrochador. Algunos seguros ofrecen la posibilidad de proteger la indemnización contra beneficiarios derrochadores. Por ejemplo, si se sabe que el beneficiario es un apostador frecuente, o que tiene acreedores, la compañía podría retener el pago del beneficio por causa de muerte y entregarlo en cuotas.
- Cláusula de gracia. Generalmente, los seguros contienen en las pólizas una póliza que da a los asegurados un periodo de gracia para pagar sus primas. Suele ser un mes. Durante ese tiempo, las coberturas se mantienen en vigor.
- Cláusula de reintegración. Algunos seguros incluyen una cláusula que permite al asegurado retomar el seguro después de que este haya perdido su vigencia por falta de pago de las primas. Simplemente tendrá que pagar las primas no satisfechas, además de los intereses, y el seguro volverá a tener vigencia.
- Cláusula de desestimiento. Este artículo permite da a los asegurados un plazo durante el cual pueden desistir del seguro si no están conformes con las condiciones impuestas por la aseguradora.
- Cláusula de minusvalía. Algunos seguros incluyen cláusulas que otorgan beneficios especiales a los asegurados afectados por alguna minusvalía o incapacidad.
Como ves, hay muchas cláusulas que pueden alterar o modificar tu seguro, incluso cancelarlo. Elijas el seguro de vida que elijas, no te olvides de revisar con atención las cláusulas que impone la aseguradora. Así te evitarás errores graves con tu seguro de vida. Si tienes dudas, no dudes en solicitar la ayuda de un agente de seguros, que estará encantado de informarte con detalle.