La continuidad de la póliza de seguros, garantizada por COBRA es por un tiempo limitado y siempre y cuando te hagas cargo de los costos de manera particular (es decir, que la empresa que te empleaba ya no hará el aporte que le corresponde para el pago de dicha continuación en la cobertura).
COBRA aplica por periodos limitados de tiempo y bajo ciertas circunstancias tales como pérdida del trabajo (voluntaria o involuntaria), reducción de las horas de trabajo, transición entre trabajos, defunción, divorcio y otros eventos en la vida de un trabajador.
Puntos clave
- COBRA es una ley que te otorga el derecho a continuar con la cobertura de salud que tenías a través de tu empleador, en caso de que pierdas tu trabajo
- Tu empleador debe notificarte de este beneficio.
- Si optas por el COBRA, debes pagar la póliza completa de tu bolsillo.
- El beneficio de COBRA es por un tiempo limitado.
El costo de la póliza varía y puede que tengas que pagar el costo total hasta el 102% del valor del plan.
La ley COBRA requiere que el empleador ofrezca al empleado y su familia la oportunidad de extender la cobertura de salud temporalmente bajo ciertas circunstancias en que el plan de salud terminaría. Por ley, los empleados deben ser notificados de este derecho a continuar su cobertura de salud bajo su propio costo.
Solo los empleadores con más de 20 trabajadores en su planta están obligados por esta ley a informar a sus empleados y permitir la ‘continuidad de la cobertura de salud’.
El trabajador tiene hasta 60 días luego de que le anunciaron la finalización de su plan médico, para inscribirse en el COBRA y continuar con la póliza anterior, pero pagándola completamente de su bolsillo.
En general, la cobertura bajo COBRA funciona por un período de 18 meses, pero puede ser extendida hasta 36 meses.
Para más información, el gobierno federal recomienda lo siguiente:
- Llama al administrador de los beneficios de tu empleador para hacer preguntas sobre sus opciones específicas de cobertura de COBRA.
- Si la cobertura de tu plan de salud era de un empleador privado (no de un empleador del gobierno), puedes visitar el sitio web del Departamento del Trabajo, o llamar al 1-866-444-3272.
- Si la cobertura de tu plan de salud era de un empleador del gobierno estatal o local, puedes llamar 1-877-267-2323, interno 61565.
- Si tu cobertura la tenías mediante el empleo con el Gobierno Federal, puede visitar el sitio web de la Oficina de Administración de Personal