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Seguros de salud: ¿Quiénes NO pagan multa?

¿Quiénes pagarán multa?

Según lo ordena la ley de Cuidado de Salud la mayoría de los ciudadanos y residentes legales de este país deberán presentar, al rendir sus impuestos (hasta el 15 de abril de 2016), una prueba de que han tenido cobertura de salud durante 2015. 

Aquellos que no puedan demostrar que tuvieron cobertura pagarán una penalidad. No hay modo de evadir este ‘Pago por Responsabilidad Compartida’, tal como se llama oficialmente la multa, puesto que el IRS retendrá automáticamente el valor de la multa de la rendición de tus impuestos. 

Seguros de salud: ¿Quiénes NO pagan multa?
| Foto: THINKSTOCK

Puntos clave

  • Quienes puedan tener seguro de salud y no lo tengan, pagarán una multa.
  • Esta multa irá en aumento cada año.
  • Se puede pedir una exención de multa por casos especiales.

Esto es válido también para el año 2016, aunque los valores de la multa aumentarán significativamente.

Como dice la ley, si un individuo está en condiciones de pagar una cobertura de salud y no lo hace, pagará el equivalente al 2% de sus ingresos anuales o $325 por adulto, por el año 2015. Por cada niño que no tenga cobertura, deberás pagar $162.50. Estos valores irán en aumento año a año. 

¿Quiénes califican para una exención? 

Según el sitio oficial healthcare.gov, las siguientes personas pueden solicitar una exención del 'Pago por Responsabilidad Compartida’ o multa: 

  • Si has estado sin seguro por menos de tres meses: por ejemplo, si tu cobertura terminó dos meses antes de finalizar el año 2014 pero luego la renovaste. 
  • Si el plan más barato significa más del 8.05% de tu ingreso familiar. 
  • Si no te toca rendir impuestos porque tus ingresos son muy bajos. 
  • Si eres miembro de una tribu federalmente reconocida o eres elegible para servicios a través de un proveedor de Servicios de Salud Indígena. 
  • Si eres miembro de un ministerio compartido de cuidado de salud, reconocido oficialmente. 
  • Si eres miembro de una secta religiosa, reconocida oficialmente, y que cuestiona con fundamentos religiosos la cobertura de un seguro de salud, Seguro Social y Medicare. 
  • Si estás encarcelado y no estás esperando alguna resolución inmediata de tu caso para liberarte. 
  • Si no estás legalmente presente en Estados Unidos. 

Exenciones por dificultades

Si estás pasando por alguna de las situaciones descriptas aquí abajo, no tienes que pagar multa:

  • Si no tienes un hogar (homeless). 
  • Si te desalojaron en los últimos 6 meses o estás enfrentando un foreclosure. 
  • Si recibiste un aviso de desconexión de una compañía de servicios -utility company- (de energía o de agua, por ejemplo). 
  • Si fuiste víctima recientemente de violencia doméstica. 
  • Si tuviste la pérdida de un familiar cercano recientemente. 
  • Si tu casa fue dañada sustancialmente por un incendio, inundación o cualquier otro desastre natural o causado por el hombre. 
  • Si te declaraste en bancarrota en los últimos 6 meses.
  • Si no pudiste pagar tus gastos médicos en los últimos 24 meses. 
  • Si has experimentado un aumento en los costos por gastos de salud necesitados por un familiar (por enfermedad, discapacidad o vejez). 
  • Si estabas por reclamar un menor como dependiente en tus impuestos y ese niño/a le fue negado Medicaid o CHIP, y además otra persona debe responder por los gastos de salud del menor. En este caso, no tienes que pagar la multa por el menor. 
  • Como resultado de una decisión de apelación de elegibilidad, eres elegible para inscripción en un plan de salud calificado (QHP en inglés) a través del Mercado, costos reducidos en tus primas mensuales, o costos compartidos reducidos por un período de tiempo en el cual no estabas inscrito en un plan QHP a través del Mercado. 
  • Si no calificas para Medicaid porque tu estado no expandió la cobertura de elegibilidad para Medicaid bajo la Ley de Cuidado de Salud. 

¿Cómo aplico para una exención de multa? 

Hay diferentes formas de tramitar una exención del Pago por Responsabilidad Compartida o multa por no tener seguro. Y esto depende de cada situación, a saber: 

  • Si estás aplicando a la exención debido a que la cobertura de salud supera el 8.05% de tus ingresos familiares anuales, porque eres miembro de un ministerio de cuidado de salud compartido, si eres miembro de una tribu o si estás encarcelado, tienes dos opciones: 
      •  Puedes reclamar la exención cuando hagas tus impuestos el 15 de abril de 2016. 
      • Puedes aplicar para la exención en el mercado de seguros. 
      • El gobierno aclara, que si no calificas para un seguro porque es muy caro para tí en el mercado de seguros, puede que califiques para una Cobertura Catastrófica.  
  • Si estás aplicando a una exención porque eres miembro de una secta religiosa reconocida oficialmente y cuyo principios objetan la cobertura de seguros, Seguro Social y Medicare, eres miembro de una tribu con servicios especiales de cuidado de salud, o porque sufriste alguno de los inconvenientes o dificultades descriptos más arriba; tienes que:
      •  Llenar una aplicacion de exención de multa a través del mercado de seguros. 
  • Si tu ingreso es lo suficientemente bajo que no requerirá llenar una declaración de impuestos, en este caso: No tienes que solicitar una exención. Esto es cierto incluso si presentas una declaración de impuestos con el fin de obtener un reembolso. 
      • NO tendrás que hacer el pago de responsabilidad compartida. 
  • Si tienes un lapso de cobertura de menos de 3 meses o no estás legalmente presente en los Estados Unidos: 
      • No tienes que solicitar una exención. Esto se manejará cuando presentes tu declaración de impuestos.

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