¿Qué inmigrantes SÍ pueden aplicar al mercado de seguros?
Según el sitio oficial del gobierno en el mercado de seguros, los siguientes 'statuses' migratorios califican para obtener una cobertura de salud en el mercado de seguros:
- Residente Legal Permanente (poseedor de una Green Card, o Tarjeta de Residencia).
- Asilado.
- Refugiado.
- Cubano/Haitiano Ingresante.
- Bajo ‘Parole’.
- Entrada otorgada condicionalmente antes de 1980.
- Víctimas de violencia doméstica, sea esposa, niño y padre o madre.
- Víctima de tráfico y su esposa, esposo, niño, hermano o padres.
- Suspensión de deportación o remoción, bajo las leyes de inmigración o bajo la Convención contra la Tortura (CAT, por sus siglas en inglés).
- Individuo con status de no-inmigrante (incluye visas de trabajo, visas de estudiantes, ciudadanos de Micronesia, Islas Marshall y Palau.
- Status de Protección Temporaria (TPS)
- Salida Obligada Diferida (DED)
- Status de Acción Diferida para Llegada de Infantes (DACA) no es un status inmigratorio elegible para aplicar a un seguro de salud).
- Residente Legal Temporal.
- Orden de estadía administrativa removida, emitida por el Departamento de Seguridad del Estado.
- Miembros de una tribu federalmente reconocida o Indio-Americano nacido en Canadá.
- Residentes de Samoa Americana.
También pueden comprar en el mercado de seguros los siguientes aplicantes:
- Status de Protegido Temporario con permiso de trabajo.
- Status de Inmigrante Juvenil Especial.
- Visa de Víctima de Tráfico.
- Ajuste de Status a Residente Permanente Legal.
- Asilado (solamente aquellos a los que se les ha otorgado permiso de trabajo o son menores de 14 años y tienen una aplicación pendiente por al menos 180 días son elegibles para comprar en el mercado de seguros).
- Suspensión de Deportación o Suspensión de Remoción, bajo las leyes de inmigración o bajo la Convención Contra la Tortura (CAT, por sus siglas en inglés).
En una tercera lista de personas que también pueden aplicar en el mercado de seguros y comprar cobertura de salud están aquellos que tienen permiso de trabajo y son:
- Aplicantes de registro
- Los que tienen Orden de Supervisión
- Aplicantes a Cancelación, Remoción o Suspensión de Deportación.
- Aplicantes a Legalización bajo IRCA.
- Legalizados bajo el ‘LIFE Act’.
Qué documentación deben presentar
Todos las categorías mencionadas arriba deberán presentar la documentación detallada aquí abajo para acompañar la aplicación del mercado de seguros.
- Tarjeta de Residente Permanente o “Green Card” (I-551)
- Permiso de Re-entrada (I-327)
- Documento de Viaje como Refugiado (I-571)
- Tarjeta de Permiso de Empleo (I-766)
- Visa de Inmigrante (con lenguaje temporal I-551)
- Sello de Temporalidad I-551 (en el pasaporte I-94/I-94A)
- Registro de Llegada o Partida (I-94/I-94A)
- Registro de Llegada o partida sellado en el pasaporte (I-94)
- Pasaporte Extranjero
- Certificado de Elegibilidad para Status de Estudiante No-Inmigrante (I-20)
- Certificado de Elegibilidad para Status de Visitante de Intercambio (DS2019)
- Aviso de Acción (I-797)
- Documentación indicando membresía de un tribu reconocida federalmente o Indio Americano nacido en Canadá.
- Certificación del departamento de Salud y Recursos Humanos (HHS), Oficina de Reubicación de Refugiados (ORR)
- Si es menor de 18, carta de elegibilidad de la Oficina de Reubicación de Refugiados (ORR)
- Documentación indicando suspensión de remoción
- Orden Administrativa de remoción de estadía, emitida por el Departamento de Seguridad del Estado.
- Número de Extranjero o formulario I-94
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