La Corte Suprema favoreció a Hobby Lobby

A partir de este fallo de la Corte Suprema de Justicia, las compañías podrán optar por no ofrecer a sus empleadores una cobertura de salud que incluya tratamientos anticonceptivos.

La Corte concluyó que la parte de la Ley de Cuidado de Salud que requiere que diversos sistemas de control de natalidad sean ofrecidos gratuitamente, incluidos aquellos que impiden que un embrión se afirme en el útero en los primeros días de la concepción, viola la Ley de Libertad Religiosa (RFRA, por sus siglas en inglés).

La Corte Suprema favoreció a Hobby Lobby
Getty Images | Foto: GETTY IMAGES

El caso fue llevado a la Corte por dos compañías con firmes convicciones cristianas: Hobby Lobby y Conestoga Wood Specialties, quienes objetaron este punto de la ley y aludieron a conflictos morales y religiosos. Concretamente, las familias propietarias de estas compañías se niegan a pagar su parte correspondiente del seguro médico que cubre métodos anticonceptivos que consideran abortivos y otros métodos de control de natalidad.

La medida de la Corte se limita a este caso en particular presentado por Hobby Lobby y Conestoga respecto a la cobertura de métodos de control de natalidad y aplica a otras compañías que quieran objetar esta especificación de la ley aludiendo a los mismos principios religiosos. Sin embargo, el fallo aclara que otras objeciones religiosas a casos de salud que puedan surgir de parte de diferentes grupos religiosos, serán tratados específica e individualmente. 

Tal sería el caso de la objeción que plantean los Testigos de Jehová en recibir transfusiones de sangre, los seguidores de la Cientología que se niegan a tomar antidepresivos, o los musulmanes, judíos o hindúes que rechazan medicamentos derivados de los cerdos tales como anestesia, fluidos intravenosos o píldoras cubiertas con gelatina. Sin embargo el dictamen de hoy sienta un precedente y abre las posibilidades de lograr los mismos derechos a estas comunidades.

Según un estudio publicado por la organización independiente Fundación Familia Kaiser, la decisión de la Corte Suprema a favor de Hobby Lobby autorizará a los empleadores a ofrecer coberturas que excluyen ciertos métodos anticonceptivos. De este modo, el empleador cumplirá con la ley en cuanto a pagar su parte de la prima de salud del empleado, pero el empleado tendrá una cobertura limitada que excluirá algunos anticonceptivos y no tendrá acceso a los subsidios de mercado de seguro.

Según los expertos de la fundación Kaiser, Laurie Sobel, Alina Salganicoff y Nisha Kurani en la publicación de su autoría "Potential Supreme Court Decision: Who Will Bear the Coverage Burdens?", las empleadas de estas compañías tendrán que pagar de sus bolsillos un método anticonceptivo de optar por alguno o buscar ayuda en alguna clínica subsidiada por el gobierno. "El peso del gasto por utilizar un método contraceptivo recaería sobre la mujer y en algunos casos sobre todos los ciudadanos que pagan sus impuestos, quienes pagan en última instancia los subsidios otorgados a las clínicas", sostienen.

De acuerdo con un comunicado de Hobby Lobby, en la empresa de decoración y manualidades trabajan 16,000 empleados a tiempo completo y 12,000 a medio tiempo. 

Barbara Green, cofundadora de Hobby Lobby dijo hoy en el sitio de la compañía: "Nuestra familia está llena de felicidad por la decisión de la Corte Suprema. Hoy, la corte más alta de la nación ha reafirmado la importancia vital de la libertad religiosa como uno de los principios fundacionales del país. La decisión de la Corte es una victoria, no sólo para nuestro negocio familiar, sino para todo los que quieren vivir bajo su propia fe. Estamos agradecidos con Dios y con aquellos que apoyaron este difícil viaje".

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